- El otorgante de consentimiento médico del niño tiene que dar información por escrito al trabajador de casos de CPS sobre cualquier nuevo medicamento psicotrópico y cualquier cambio de dosis de los medicamentos psicotrópicos recetados para el niño.
- El otorgante de consentimiento médico tiene que proporcionar esto al trabajador de casos para el siguiente día laboral, por escrito, y por correo electrónico o fax.
- El trabajador de casos de CPS tiene que entregar esta información al padre o a la madre del niño en la primera reunión programada después de cualquier cambio en el medicamento.
Avisos sobre los medicamentos psicotrópicos