Como un niño o joven bajo cuidado temporal, tengo el derecho de:
- Recibir buena atención y tratamiento que satisfaga mis necesidades en el ambiente menos restrictivo posible. Esto significa que tengo el derecho de vivir en un lugar seguro, sano y cómodo. Y estoy protegido del peligro, me tratan con respeto, y tengo cierta privacidad para mis necesidades personales.
- Saber
- ¿Por qué estoy en cuidado temporal?
- ¿Qué va a pasar conmigo?
- ¿Qué está pasando con mi familia (incluso mis hermanos) y qué planea CPS para mi futuro?
- Hablar y que me hablen en mi propio idioma cuando sea posible. Esto incluye el Braille si soy ciego o el lenguaje de señas si soy sordo. Si mis padres temporales no saben mi lenguaje, CPS me dará un plan para satisfacer mis necesidades de comunicación.
- No sufrir maltrato, descuido ni explotación.
- Recibir un trato justo, sea cual sea mi sexo, identidad de género, raza, grupo étnico, religión, origen nacional, discapacidad, estado médico u orientación sexual.
- No ser castigado de manera fuerte, cruel, poco usual, innecesaria, denigrante o humillante. Esto incluye que no me sacudan, golpeen, peguen ni amenacen, que no me obliguen a hacer trabajo no productivo, ni me nieguen comida, sueño, uso del baño, correo o visitas familiares como castigo. No estaré sujeto a comentarios que hacen burla de mí o de mi familia, ni amenazas de perder mi colocación o vivienda.
- Ser disciplinado de una manera apropiada a mi nivel de madurez, desarrollo y condición médica. Me tienen que decir por qué me disciplinaron. La disciplina no incluye el uso de restricciones, aislamiento, castigo corporal ni amenazas de castigo corporal.
- Asistir a las actividades y servicios comunitarios, escolares y religiosos que he escogido en la medida que sean apropiados para mí, según se planeó y habló con mi cuidador y mi trabajador de casos, y basándose en la habilidad del cuidador.
- Estar inscrito en una escuela y recibir educación de acuerdo a mi edad y mis necesidades individuales.
- Recibir capacitación en cuidados, higiene y aseo personales.
- Tener ropa cómoda que sea parecida a la ropa que llevan los otros niños de mi comunidad.
- Tener ropa que me proteja de una forma adecuada de los elementos naturales como la lluvia, la nieve, el viento, el frío, el sol y los insectos.
- Guardar posesiones personales en mi hogar y adquirir posesiones adicionales dentro de límites razonables, según se planeó y habló con mi cuidador y mi trabajador de casos, y basándose en la habilidad del cuidador.
- Tener espacio personal en mi recámara para guardar mi ropa y mis pertenencias.
- Recibir alimentos saludables en cantidades apropiadas para mi edad y nivel de actividad.
- Recibir atención médica, dental, de la vista, de desarrollo y de salud mental de calidad, que sean al menos suficientes para mis necesidades.
- Estar libre de medicación innecesaria o excesiva.
- Visitar y estar en contacto periódico con mi familia, incluso con mis hermanos (a menos que lo prohíba una orden de la corte o un plan de caso), y recibir una explicación de mi trabajador de casos sobre cualquier limitación y que ésta se documente en mi expediente.
- Ponerme en contacto con el trabajador de casos, abogados ad litem, agente de libertad condicional, Defensores Especiales Nombrados por la Corte (CASA) y Advocacy, Inc. en cualquier momento. Me puedo comunicar con mi trabajador de casos, CASA y Advocacy, Inc. o con mi abogado ad litem sin limitaciones.
- Reunirme con mi trabajador de casos al menos cada mes y, si es necesario, en privado.
- Participar activamente en crear el plan de mis servicios y un arreglo permanente de vivienda, y en reuniones donde se revisen mis servicios médicos, según sea apropiado. De recibir una copia o resumen de mi plan para revisarlo. Tengo el derecho de pedir que alguien participe en mi nombre o me apoye durante mi participación.
- Asistir a mi audiencia judicial y hablar con el juez.
- Hablar con el juez en una audiencia judicial que afecte dónde me van a colocar, incluso audiencias sobre el estado del caso, audiencias sobre la permanencia o audiencias de revisión de la colocación.
- Esperar que mis expedientes e información personal se mantengan privados y se hablará sobre ellos solo cuando sea sobre el cuidado que recibo.
- Tener visitas, mantener un diario personal, enviar y recibir correo sin abrir y hacer y recibir llamadas telefónicas privadas a menos que los profesionales apropiados o una corte determine que es necesario establecer limitaciones, si me beneficiarán.
- Recibir pago por cualquier trabajo que haga, con la excepción de tareas periódicas o tareas asignadas como una disciplina justa y razonable.
- Consentir por escrito antes de participar en cualquier actividad de publicidad o de recaudación de fondos para mi colocación o la agencia, incluso el uso de mi foto.
- No ser obligado a hacer declaraciones públicas agradeciendo al hogar temporal o a la agencia.
- Recibir, rechazar o pedir tratamiento debido a necesidades físicas, emocionales, de salud mental o de dependencia química separado de los adultos (excepto los jóvenes adultos) que están recibiendo servicios.
- Llamar a la Línea Directa de Texas para Denunciar el Maltrato y Descuido al 1-800-252-5400 para denunciar abuso, descuido, explotación o violación de mis derechos personales sin temor a castigo, interferencia, coacción o represalias.
- Presentar una queja ante la Oficina de Asuntos del Cliente del DFPS al 1-800-720-7777 o a Advocacy, Inc. al 1-800-252-9108 si siento que alguno de mis derechos se ha violado o ignorado. Estar libre de amenazas de castigo por quejarme y de presentar una queja anónima si lo prefiero.
- Estar informado por escrito del nombre, la dirección, el teléfono y el propósito del Texas Protection and Advocacy System que ayuda a las personas con discapacidades.
- Estar libre de presión para hacerme un aborto, dar a mi hijo en adopción o criar a mi hijo, si es pertinente.
- Contratar y pagar por mi cuenta a profesionales de salud mental, profesionales médicos y abogados independientes.
- Tener y entender una copia de los derechos de los niños y jóvenes bajo cuidado temporal.
(Jóvenes mayores de 16 años)
Cuando soy mayor de 16 años y estoy bajo cuidado temporal, también tengo el derecho de:
- Asistir a clases y actividades de Preparación para la Vida Adulta (PAL) según sean apropiadas para mi plan de casos.
- Tener un plan de transición integral que incluya planeación de una carrera y ayuda para inscribirme en programas educativos o vocacionales de capacitación laboral.
- Recibir información sobre oportunidades educativas cuando salga del cuidado.
- Recibir ayuda para conseguir una residencia independiente cuando llegue a la edad límite.
- Asistir al menos a un encuentro del Círculo de Apoyo o reunión de Planeación de la Transición.
- Participar en oportunidades de desarrollo de liderazgo para jóvenes.
- Dar mi consentimiento para toda o alguna parte de mi atención médica, según lo autorice la corte, y con base en mi nivel de madurez. Por ejemplo, si la corte lo autoriza, puedo dar permiso para
- diagnosticar y tratar enfermedades contagiosas o transmisibles
- examinar y tratar la drogadicción
- recibir asesoría para la prevención de suicidio, drogadicción, abuso sexual o maltrato físico o emocional
- recibir tratamiento médico, quirúrgico o del hospital (excepto el aborto) relacionado con un embarazo si no soy casada y estoy embarazada
- Pedir una audiencia judicial para que la corte determine si tengo la capacidad de dar mi consentimiento para recibir atención médica (Sección 266.010).
- Recibir ayuda para conseguir una licencia de manejar, número de Seguro Social, acta de nacimiento y tarjeta de identificación del estado.
- Buscar un empleo apropiado, quedarme con mi propio dinero y tener una cuenta bancaria en mi propio nombre, dependiendo de mi plan de caso y edad o nivel de madurez.
- Recibir información personal necesaria, como mi acta de nacimiento, registro de inmunizaciones e información en mi expediente educativo y pasaporte de salud, dentro de 30 días de haber salido del cuidado temporal.